martes, 07 febrero 2012

Nuevas Visas "V" en el Extranjero

Imprimir E-mail

 

El Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció el dos de abril, que los consulados norteamericanos en el extranjero comenzaron a emitir visas de categoría V. Las personas elegibles, para solicitar las visas V son ciertos cónyuges e hijos menores de Residentes Permanentes Legales (que tienen tarjeta "verde" de residente), en Estados Unidos".


residenciaPara que un solicitante, en el extranjero pueda ser elegible para solicitar la nueva visa V, el familiar que es residente permanente legal debe haber presentado a favor de aquél una solicitud de inmigración en el INS antes del 21 de diciembre de 2000, fecha de promulgación de la ley LIFE. Además, el solicitante debe haber estado a la espera de un número de visa disponible por lo menos durante tres de años desde la presentación de la solicitud (Formulario I-130).


Las personas elegibles, para solicitar las visas V son ciertos cónyuges e hijos menores de residentes permanentes legales ("que tienen tarjeta verde"), en Estados Unidos. Desde Marzo de 2001 el Departamento de Estado, envió cartas informativas a los solicitantes que podrían ser elegibles para solicitar la nueva visa V. Las cartas, les pedían a los solicitantes interesados que llamaran el consulado o embajada de Estados Unidos en el país de su residencia para averiguar los procedimientos locales de solicitud.


La de Ley Equidad Familiar de Inmigración Legal (LIFE), promulgada desde el 2000, dio origen a varios beneficios de inmigración, incluyendo una nueva visa y condición migratoria "V". La categoría, de visa de inmigrante para el cónyuge e hijos menores de residentes permanentes legales (F2A), por ley está numéricamente limitada cada año. Como resultado, estos familiares inmediatos de residentes legales permanentes anteriormente tenían que esperar muchos años por la disponibilidad de un número de visa de inmigrante para poder reunirse con su familia en Estados Unidos.

 
Red de Sitios Latinos
 
Latinos