Eligibilidad para Solicitar la Residencia Permanente Estando en los E.E.U.U.
Martes, 8 Julio 
Usted puede reunir condiciones de elegibilidad para solicitar el es estado de residencia permanente sí se encuentra en los EEUU y:
* A usted ya se le ha sido aprobado para una solicitud de visa de inmigrante. Estas solicitudes, por lo general, son completadas por algún pariente o empleador.
Usted también debe tener un número de visa provisto por el Departamento de Estado. La cantidad de números de visa son limitados por ley cada año. Esto quiere decir que aun sí el INS aprueba su solicitud de visa de inmigrante, puede ser que usted no obtenga un número de visa en forma inmediata. En algunos casos, son varios los años que pueden transcurrir entre el día en que el INS apruebe su solicitud de visa y el día en que el Departamento de Estado le otorge un número de visa. Para más información referente a números de visa favor ver Cómo Obtener Un Número de Visa de Inmigrante.
* Para ciertas categorías de individuos no existen límites anuales de visas de inmigrante. Su número de visa sele puede ser inmediatamente otorgado, en caso de que el INS apruebe su solicitud de visa de inmigrante Este es el caso de parientes directos de ciudadanos estadounidenses y otro tipo de inmigrantes en condición especial. Esto quiere decir que sí el INS aprueba su solicitud para adquirir su status de inmigrante, el Departamento de Estado le otorgará en forma inmediata un número de visa. En estos casos, usted puede solicitar por la residencia permanente al mismo tiempo en que se completa su solicitud para adquirir su estatus de inmigrante.
